COVID-19 Information

INFORMACIÓN SOBRE COVID-19

Este es un momento confuso y aterrador para todos, especialmente para los inmigrantes que pueden tener más dificultades para comprender y acceder a sus beneficios debido a su estado migratorio. En AI Justice, estamos comprometidos a ayudar a los inmigrantes a navegar esta complicada situación. Tenga en cuenta esta situación y las respuestas a ella están cambiando rápidamente.

Proporcionaremos actualizaciones a medida que las recibamos, pero si tiene alguna pregunta o inquietud, llame al 305-573-1106 ext. 1400.

  • La elegibilidad de Medicaid para inmigrantes en la Florida no se ha ampliado. La elegibilidad actual de Medicaid para inmigrantes en la Florida se limita a los siguientes inmigrantes:
    • Residentes permanentes legales por más de 5 años (si obtuvo su residencia a través del asilo, refugio, o permiso humanitario para entrantes cubanos/haitianos, su elegibilidad no depende de la duración de su residencia)
    • Asilados
    • Refugiados
    • Entrantes cubanos y haitianos
    • Los que tienen permiso de ingreso en los EE. UU. durante al menos un año
    • Entrantes condicionales otorgados antes de 1980
    • Personas sin ciudadanía que han sido maltratados, sus cónyuges, hijos o padres (solo elegibles después de 5 años desde una determinación prima facie, la aprobación de una autopetición VAWA, o una suspensión de remoción VAWA)
    • Víctimas de trata y cónyuge, hijo, hermano o padre (con presencia continua otorgada, carta de elegibilidad, determinación prima facie, o visa T aprobada)
    • A quienes se les concede la retención de deportación
    • Miembros de una tribu india reconocida federalmente o indios americanos nacidos en Canadá
  • Los beneficiarios de DACA y TPS no son elegibles para los beneficios de Medicaid en la Florida.
  • En el estado de la Florida, los niños bajo la edad de 19 años que residen “legalmente” en el estado pueden calificar para Medicaid o KidCare. La elegibilidad inmigrante para niños cubre muchos más estados migratorios que para los adultos. Los requisitos se encuentran aqui.
  • La inscripción en el Mercado ACA está abierta a aquellos que perdieron la cobertura de atención médica debido a la pérdida del trabajo.
  • Puede recibir atención en centros de salud comunitarios independientemente de su nivel de ingresos o estado migratorio. Para obtener más información sobre cómo acceder a las pruebas COVID-19 cerca de usted, visite: https://www.floridablue.com/covid-testing-locations
  • Las pruebas, la prevención y el tratamiento para COVID-19 no se considerarán en las determinaciones de cargo público.
  • Para recibir una devolución de impuestos del IRS, los declarantes, el cónyuge y los hijos deben tener un número de seguro social (SSN).
    • Las familias militares en las que un cónyuge tiene un SSN son elegibles para un reembolso de impuestos.
    • Los declarantes que presentaron declaraciones de impuestos con un Número de identificación de contribuyente individual (ITIN) no son elegibles. Si algún miembro de un hogar figura como que usa un ITIN, se excluye a todo el hogar de recibir el pago.
    • Los no ciudadanos y los residentes permanentes legales deben cumplir con la prueba de presencia sustancial a efectos fiscales para ser considerados «extranjeros residentes» en virtud de la legislación fiscal.
  • Si su ingreso bruto ajustado (AGI) para 2018 o 2019 fue inferior a $ 75,000 (individual) o $ 150,000 (pareja), cada adulto recibirá $ 1,200 y cada niño menor de 16 años recibirá $ 500.
  • Este reembolso de impuestos no cuenta como ingreso para ningún beneficio con recursos probados como SNAP, Medicaid o TANF.
  • La aceptación de esta devolución de impuestos no se considerará en las determinaciones de cargo público.
  • Para recibir una devolución de impuestos del IRS, los declarantes, el cónyuge y los hijos deben tener un número de seguro social (SSN).
    • Las familias militares en las que un cónyuge tiene un SSN son elegibles para un reembolso de impuestos.
    • Los declarantes que presentaron declaraciones de impuestos con un Número de identificación de contribuyente individual (ITIN) no son elegibles. Si algún miembro de un hogar figura como que usa un ITIN, se excluye a todo el hogar de recibir el pago.
    • Los no ciudadanos y los residentes permanentes legales deben cumplir con la prueba de presencia sustancial a efectos fiscales para ser considerados «extranjeros residentes» en virtud de la legislación fiscal.
  • Si su ingreso bruto ajustado (AGI) para 2018 o 2019 fue inferior a $ 75,000 (individual) o $ 150,000 (pareja), cada adulto recibirá $ 1,200 y cada niño menor de 16 años recibirá $ 500.
  • Este reembolso de impuestos no cuenta como ingreso para ningún beneficio con recursos probados como SNAP, Medicaid o TANF.
  • La aceptación de esta devolución de impuestos no se considerará en las determinaciones de cargo público.
  • Los inmigrantes deben estar autorizados para trabajar en el momento en que solicitan los beneficios del Seguro de desempleo (UI), tanto durante el período base utilizado para calcular el monto del beneficio como durante todo el período en que reciben los beneficios. TPS, DACA y otros inmigrantes autorizados para trabajar son elegibles siempre que cumplan con estos requisitos.
  • La utilización de los beneficios de UI y PUA no se considerará en las determinaciones de cargo público.

* Utilice los recursos disponibles para usted y sus seres queridos. Si le preocupa que el uso de beneficios afecte negativamente su estado migratorio o el de un miembro de la familia, llame al 305-573-1106 ext. 1400 *

  • La determinación del cargo público se aplica a un grupo muy limitado de inmigrantes que buscan la admisión en los EE. UU. o la residencia legal permanente.
  • Pocos inmigrantes son elegibles para los beneficios, y aquellos que probablemente no están sujetos a cargos públicos. Los beneficios recibidos por los miembros de la familia no se consideran en las determinaciones de cargo público.
  • Independientemente del estado de inmigración, los inmigrantes pueden acceder a tratamiento, pruebas y otros cuidados para COVID-19. Esto no se considerará uso de servicios de salud para la determinación del cargo público.
  • Las horas reducidas, la pérdida de empleos y las dificultades financieras relacionadas causadas por COVID-19 también se pueden explicar y no afectarán negativamente la determinación del cargo público
  • La devolución y la asistencia por desempleo no se considerarán con cargo público.
  • WIC, P-EBT, despensas de alimentos, TEFAP, Programa de Alimentos Suplementarios de Productos Básicos (CSFP) y comidas a domicilio no consideradas para cargo público
  • El 29 de julio de 2020, el Gobernador de Florida emitió una moratoria de 45 días sobre desalojos y ejecuciones hipotecarias. El 30 de junio de 2020, esto se extendió al 1 de septiembre de 2020.
  • Si tiene preguntas sobre los derechos de su inquilino o propietario, comuníquese con Dade Legal Aid al (305) 579-5733 o con los Servicios Legales de Greater Miami, Inc. al (305) 576-0080.

* Ya sea que esté en su hogar o en público, tiene derechos al interactuar con la policía de inmigración, independientemente de su estado. Si tiene alguna pregunta sobre sus derechos y cómo interactuar con la policía de inmigración, revise estos recursos o llame al 305-573-1106 ext. 1400.

  • El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) no ha recibido nuevos fondos. Se prohíbe la transferencia de fondos destinados al uso relacionado con la salud para financiar actividades de cumplimiento.
  • ICE se ha comprometido a no llevar a cabo la aplicación en o cerca de las instalaciones de atención médica.
  • Actualmente no existe ninguna disposición para extender las autorizaciones de trabajo para los beneficiarios de TPS y DACA.
  • A partir del 3 de junio de 2020, el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados de Florida (FLHSMV) comenzará a reabrir oficinas para servir al público solo con cita previa. Por un tiempo limitado, la licencia de conducir y los servicios de vehículos motorizados se limitarán solo a aquellos clientes que no pueden realizar sus transacciones a través de GoRenew.com. Para información adicional, haga clic aquí.
  • Los datos recopilados del censo se utilizan para determinar la representación en el Congreso y asignar $ 800 mil millones en fondos federales. Estos programas afectan directamente a usted y a las escuelas, programas de atención médica, departamentos de emergencias, centros de atención para niños y adultos mayores, infraestructura y otros servicios críticos de su comunidad.
  • El censo de 2020 solo le hará preguntas relacionadas con la composición del hogar y la propiedad de la vivienda a partir del 1 de abril de 2020, día del censo. Se le preguntará sobre: ​​la cantidad de personas que viven o se quedan en su hogar; si su casa es propiedad o está alquilada; la edad, raza y etnia de todos los miembros del hogar; y la relación de cada miembro del hogar con usted. No se preguntará nada más. El censo no tiene nada que ver y no le preguntará sobre su estado de ciudadanía o estado de inmigración.
  • Toda la información recopilada del censo solo se usa para la producción de estadísticas. Por ley, la Oficina del Censo no tiene permitido compartir sus respuestas a las agencias de aplicación de la ley o de inmigración.
  • Tribunales de Inmigración de Miami
    • Audiencias para personas no detenidas
      • A partir del 28 de septiembre de 2020, todas las audiencias hasta el 16 de octubre de 2020 serán reprogramadas.
      • Llame al 800-898-7180 para información sobre su cita.
    • Audiencias para personal detenidas audiencias en el Centro de Detención de Krome y el Centro de Transición de Broward continúan según lo programado.
  • Oficina de Campo de Miramar
    • ICE Miramar está reprogramando los registros. Para solicitar una reprogramación, envíe un correo electrónico a [email protected]o llame al 954-843-5800.
  • Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS)
    • Las oficinas de USCIS comenzo a reabrir el 4 de junio.
    • USCIS está extendiendo las flexibilidades que anunció el 30 de marzo de 2020, para ayudar a los solicitantes y peticionarios que responden a ciertas: Solicitudes de evidencia; Continuaciones para solicitar evidencia; Avisos de intención de negar; Avisos de intención de revocar; Avisos de intención de rescindir y Avisos de intención de terminar los centros de inversión regionales; Requisitos de fecha de presentación para el Formulario N-336, Solicitud de audiencia sobre una decisión en los procedimientos de naturalización (bajo la Sección 336 del INA); o Requisitos de fecha de presentación para el Formulario I-290B, Aviso de apelación o moción. Se otorgará una extensión de 60 días adicionales a una solicitud, notificación o decisión entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de enero de 2021.
    • Al 30 de marzo de 2020, USCIS anunció que reutilizará los datos biométricos presentados previamente para procesar el Formulario I-765 válido, Solicitud de autorización de empleo, solicitudes de extensión debido al cierre temporal de ASC al público en respuesta al COVID- 19 pandemia.
    • Para los no inmigrantes cuyo estado expira y no pueden salir de los Estados Unidos debido a estas circunstancias especiales, el USCIS recomienda solicitar una extensión o cambio de estado. USCIS también señala que, cuando corresponda, la autorización de empleo con el mismo empleador, sujeto a los mismos términos y condiciones de la aprobación previa, se extiende automáticamente hasta 240 días después de la expiración de la I-94 cuando se presenta una solicitud de extensión de la estadía a tiempo. La alerta también recuerda que las solicitudes tardías de no inmigrantes pueden aceptarse en función de circunstancias extraordinarias.
    • Para aquellos presentes a través del Programa de exención de visa que no son elegibles para solicitar una extensión, USCIS recomienda que soliciten un período de salida satisfactoria, que puede otorgar hasta 30 días adicionales. Póngase en contacto con USCIS o la oficina de inspección diferida de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) más cercana.
  • El 24 de junio de 2020, hubo una expansión de la Proclamación que suspende la entrada de inmigrantes que presentan riesgos para el mercado laboral de los EE. UU. Durante la recuperación económica tras el brote de COVID-19 que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • La suspensión de la entrada se aplica a ciertas personas que obtienen visas de inmigrante fuera de los Estados Unidos en los consulados.
  •  La suspensión de la entrada NO se aplica en las siguientes circunstancias:
    • Todas las visas de no inmigrante (incluso para turismo, negocios, tratamiento médico y otros fines)o Inmigrantes que solicitan tarjetas verdes dentro de los Estados Unidoso Titulares de la tarjeta verde que regresan del extranjeroo Titulares de un documento de libertad condicional por adelantado válidoo Cónyuges e hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenseso Inmigrantes que ingresan con una visa como: profesionales de la salud, investigadores que combaten la propagación de COVID-19, o trabajadores esenciales para los efectos de combate de COVID-19 (incluye cónyuges e hijos menores de 21 años)o Inversores inmigrantes EB-5o Cualquier miembro de las Fuerzas Armadas de EE. UU. (incluye cónyuges e hijos menores de 21 años).